La respuesta honesta es: a veces, y depende de su póliza. Las aseguradoras de salud generalmente cubren el traslado en ambulancia aérea solo cuando es médicamente necesario, y la mayoría de las pólizas tienen condiciones. En este artículo explicamos cómo suele funcionar la cobertura y cómo le ayudamos a verificarla antes del vuelo.

Qué significa «médicamente necesario» para un vuelo

Las aseguradoras suelen cubrir una ambulancia aérea cuando la condición del paciente exige un nivel de atención o una rapidez de traslado que el transporte terrestre no puede ofrecer, y cuando el destino es el centro apropiado más cercano. Un traslado para estar más cerca de la familia, o a un hospital preferido cuando hay uno adecuado más cerca, suele considerarse una elección y no una necesidad. La documentación del médico tratante tiene el mayor peso en esa decisión.

Tipos de cobertura que pueden aplicar

  • Seguro de salud. La mayoría de los planes cubren el transporte aéreo de emergencia de alguna forma. La cobertura de un traslado programado entre hospitales varía mucho y normalmente requiere preautorización.
  • Medicare. La Parte B de Medicare cubre el traslado en ambulancia aérea cuando la condición del paciente hace que el transporte terrestre ponga en riesgo su salud y el vuelo se dirige al centro apropiado más cercano. Medicare paga el monto aprobado y el paciente responde por el deducible y el coseguro.
  • Seguro de viaje. Muchas pólizas de viaje incluyen evacuación médica y repatriación. Con frecuencia la aseguradora coordina el traslado por sí misma. En ese caso tratamos directamente con ella.
  • Programas de empleadores y membresías. Algunos empleadores, sindicatos y planes de membresía incluyen beneficios de evacuación. Vale la pena preguntar.

Lo que a menudo no está cubierto

La repatriación a casa tras un tratamiento en el extranjero, los traslados por conveniencia o cercanía a la familia y el transporte a un centro que no es el adecuado más cercano son las exclusiones más comunes.

Facturación fuera de la red

Desde enero de 2022, la ley federal No Surprises Act protege a los pacientes con planes de salud de Estados Unidos frente a la facturación de saldos por parte de proveedores de ambulancia aérea fuera de la red. En los vuelos cubiertos, el paciente paga solo lo que habría correspondido dentro de la red, y el proveedor y la aseguradora resuelven el resto entre ellos. La protección aplica a la ambulancia aérea, no a la terrestre, y no cambia si el vuelo está cubierto o no.

Cómo le ayudamos

No verificamos la cobertura ni presentamos reclamaciones de forma habitual, pero podemos ayudar en cada paso:

  • Podemos ayudarle a verificar su cobertura y beneficios antes del vuelo.
  • Podemos ayudar a obtener la preautorización cuando sea posible.
  • Podemos ayudar a presentar la reclamación en su nombre una vez finalizado el traslado.
  • Cuando una aseguradora coordina el traslado, tratamos directamente con ella. Trabajamos con cualquier aseguradora que garantice el pago.

También aceptamos pago privado, gubernamental y corporativo, de modo que el traslado puede avanzar mientras se resuelven las dudas de cobertura.

Antes de llamar a su aseguradora

Tenga a la mano el número de póliza del paciente, los datos de contacto del médico tratante, el diagnóstico y los centros de origen y destino. Pregunte si el transporte aéreo requiere preautorización, si el centro receptor cuenta como el adecuado más cercano y qué documentación necesita la aseguradora del médico.

Hable con un coordinador de vuelo

Llame al +1-800-633-3590 o solicite una cotización. Un coordinador revisará su situación, le explicará las opciones y le dirá cómo podemos ayudarle con la cobertura. Sobre el costo, vea ¿Cuánto cuesta una ambulancia aérea?